La Ley 21.643, conocida como Ley Karin, fortalece la prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo. La Subsecretaría de Previsión Social explica que el protocolo preventivo debe considerar la identificación de peligros, la evaluación de riesgos y medidas de prevención. Tener un documento archivado no asegura que las personas sepan cómo actuar.

Adapta la prevención a tu realidad

Identifica situaciones vinculadas al servicio y a la organización del trabajo, incluyendo la relación con clientes, proveedores o usuarios cuando corresponda. Considera la perspectiva de género y revisa que las medidas se relacionen con los riesgos identificados.

Explica las rutas de actuación

Informa los canales y procedimientos oficiales de la organización. La comunicación debe permitir distinguir cómo plantear una consulta y cómo presentar una denuncia. Revisa las instrucciones y periodicidades aplicables en las fuentes oficiales, sin improvisar procedimientos paralelos.

Protege la privacidad y forma al equipo

La regulación contempla resguardos y principios para los procedimientos de investigación. Nuestra propuesta de implementación es preparar a las jefaturas para recibir información, derivarla por el canal previsto y evitar su difusión informal. Las denuncias requieren el procedimiento competente; no deben reemplazarse por acuerdos improvisados.

Primer paso para tu empresa

Comprueba si una persona que recién ingresa puede identificar el canal de denuncia y acceder al protocolo de su organización.

Fuentes y documentos de consultaSubsecretaría de Previsión Social · Ley KarinDirección del Trabajo · Minisitio Ley Karin

Fuentes consultadas el 2 de octubre de 2026. Las propuestas prácticas de aplicación corresponden al enfoque de MV Consultores.

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